El pasado lunes, 21 de septiembre, comenzaron las restricciones debidas a la Covid-19 en 37 áreas básicas de salud de Madrid que fueron ampliadas a 45 a finales de esa misma semana. Aquellos que necesiten salir o entrar de cualquier área restringida distinta a la suya, necesita un certificado de movilidad COVID
Además de medidas como la reducción del número de personas en reuniones, limitaciones de aforo y otras que afectan a la hostelería, los habitantes de esas áreas no podrán salir de sus zonas de pertenencia salvo en algunas excepciones como:
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales.
- Asistencia a centros docentes y educativos, incluida la educación infantil.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazarse a entidades financieras y de seguros.
- Realizar actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Realizar renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
- Realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Las sanciones por violar esta normativa ya son efectivas en las 37 primeras áreas básicas con restricciones y lo serán, a lo largo de esta semana, para las 8 restantes, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratificara el pasado viernes la orden dictada por la Consejería de Sanidad.
Para los ciudadanos que deban desplazarse fuera de su área por alguna de las excepciones contempladas, la Comunidad de Madrid ha publicado un modelo de justificante que, una vez cumplimentado, firmado y sellado por la empresa, estas personas deberán llevar consigo y presentarlo cuando se lo requieran las autoridades.
Sin embargo, este modelo solo es para los casos motivados por cuestiones laborales. Para el resto de excepciones, la Comunidad recomienda adaptar este mismo modelo.
Tampoco existe un modelo específico para los autónomos. En principio, este colectivo no estaría sujeto a las restricciones de movilidad por motivos laborales. Sin embargo, si tenemos constancia de autónomos que han tenido problemas, especialmente en fines de semana. Para evitar males mayores, os recomendamos que cumplimentéis un documento similar al que os proponemos (OJO! es un documento orientantivo, NO ES OFICIAL) y que lo llevéis siempre junto con uno de los últimos recibos del pago de autónomos y/o el alta en RETA.
Descarga de documentos:
- Modelo de certificado de movilidad de la Comunidad de Madrid (.docx)»
- Modelo orientativo de certificado de movilidad para autónomos (.docx)»
- Portal de información Covid de la Comunidad de Madrid»
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