Errores más habituales en la declaración de la Renta

Según el sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), uno de cada tres borradores de la declaración de la renta no es correcto por errores, omisiones y/o imprecisiones.
En estos casos, los errores pueden impedir que nos beneficiemos de algunas de las reducciones y deducciones fiscales actuales.

Las estimaciones de Gestha apuntan a que la mayor parte de estos errores tienen relación con:

  • Deducciones por alquiler o compra de vivienda,
  • Cambio en el estado civil o situación familiar, 
  • Subvenciones públicas

 

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No hay que olvidar que la Agencia Tributaria, en muchos casos, no dispone de información completa y actualizada. Por tanto, es recomendable prestar atención al borrador y, en especial si no se dispone de asesoramiento profesional, revisarlo concienzudamente antes de validarlo.

A veces, la necesidad o las prisas por cobrar una declaración con derecho a devolución hace que nos precipitemos en la confirmación del borrador, máxime teniendo en cuenta que el servicio de cita previa de la AEAT no empieza hasta 5 semanas después del inicio de la campaña.

Algunos de los errores más frecuentes en la declaración de la Renta

  • Cambios en el estado civil o situación familiar: hace referencia a, por ejemplo, matrimonios, divorcios (pensiones compensatorias y de manutención), defunciones, nacimientos (deducciones por maternidad) y situaciones de minusvalía.
  • Declaración conjunta o individual: dependiendo de los ingresos de cada cónyuge, una modalidad puede ser más ventajosa que la otra por lo que hay que analizar que opción es la más conveniente para ambos cónyuges.
  • Deducciones autonómicas según lugar de residencia y requisitos para su aplicación, por ejemplo, adquisición o alquiler de vivienda habitual, gastos de enseñanza o estudios,…
  • Gastos deducibles de los rendimientos de trabajo. Por ejemplo, cuotas sindicales, cuotas satisfechas a colegios profesionales, gastos de defensa jurídica vinculados a la relación laboral, movilidad geográfica por motivos laborales, etc.
  • Donaciones a entidades sin ánimo de lucro y partidos políticos.
  • Aportaciones a planes de pensiones.
  • Ganancias patrimoniales: plan PIVE para la compra de automóvil, ayudas para la compra de vivienda…
  • Datos de los inmuebles: recordar que los garajes y trasteros vinculados a la vivienda habitual adquiridos conjuntamente a ésta no tributan en la renta, hecho que no queda recogido en la información catastral que aparece en el borrador. Recordar que las viviendas y locales vacíos tributan por imputación de renta inmobiliaria.

 

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