Aunque aún queda un mes para la finalización de la campaña de la Renta, a muchos nos pueden entrar las prisas por quitárnosla del medio (especialmente si sale a devolver) y confirmar el borrador sin prestar mucha atención.
Sin embargo, las prisas pueden salirnos caras ya que podemos ‘olvidar’ algunos conceptos que podrían beneficiarnos en el resultado final. Como ya comentábamos en nuestro artículo anterior (¿Necesito un asesor fiscal para mi declaración de la Renta 2017? ), el borrador es una propuesta de declaración que se calcula con los datos fiscales que Hacienda tiene en ese momento; por tanto, es posible que haya datos que no estén reflejados. Por otra parte, otra información (como los cambios familiares por nacimiento de hijos o en el estado civil) sólo los pueden aportar los interesados...
Tanto es así que el Sindicato de los Técnicos de Hacienda sostiene que muchos contribuyentes podrían beneficiarse más de lo que lo hacen en sus declaraciones de la Renta.
Repasamos algunos de los 'olvidos' más comunes en la Declaración de la Renta
- Cambios en la situación familiar. Lo que ya hemos contado: nacimiento de hijos y/o adopciones, situaciones de discapacidad, matrimonio,…
- Ayudas familiares: familia numerosa, discapacidades, familias monoparentales con 2 hijos sin derecho a anualidades por alimentos, madres trabajadores con hijos menores de 3 años, …
- Compra o rehabilitación de vivienda: Bonificaciones si compraste la casa antes del 1 de enero del 2013 o si, antes de esa fecha, comenzaste obras para rehabilitar o ampliar tu vivienda o para adecuarla a personas con discapacidad.
- Alquiler de vivienda: La deducción por alquiler de vivienda habitual continúa vigente para los contratos que se firmaron antes del 1 de enero del 2015 siempre que la base imponible sea inferior a 24.107€.
- Cláusulas suelo: Aunque hay algunas excepciones, el dinero que se pagó al banco, y que éste devolverá después, es el reintegro de un pago indebido, por lo que no constituye renta.
- Deducciones específicas por cada Comunidad Autónoma.
- Aportaciones a partidos políticos y ONGs.
- Aportaciones a sindicatos o colegios profesionales. Con algunas limitaciones, las cuotas sindicales y a colegios profesionales, los gastos en abogados o los gastos que pueda originar la movilidad geográfica son deducibles de los rendimientos del trabajo.
- Trabajadores con discapacidad en función del grado de discapacidad.
- Deducciones para mayores de 65 años o dependientes. Exenciones para las ganancias patrimoniales, con algunos condicionantes, para el caso de mayores de 65 años o en situación de dependencia severa que transmitan su vivienda habitual.
- Aportaciones a planes de pensiones.
A veces, las prisas por tramitar la declaración de la Renta (en especial, si sale a devolver) puede llevarnos a cometer errores, omisiones o imprecisiones que nos perjudiquen en las reducciones y deducciones fiscales. Para evitar estos posibles fallos, lo mejor es contar con la ayuda un asesor fiscal. Contacta con la Asesoría Centrum, en Carabanchel (Madrid Sur): estaremos encantados de gestionar tu declaración de la Renta 2017.