La sanción disciplinaria es una herramienta en la mano de la empresa o empleador para amonestar y corregir la actuación de un empleado cuando no está conforme con el desempeño de su trabajo, conducta y/o ausencias. Eso sí, para que corresponda la sanción, el incumplimiento o comportamiento del empleado desde estar calificado como falta por Ley (que, generalmente recoge las comunes a todo tipo de trabajo) o por el convenio colectivo correspondiente (que particulariza para el sector concreto).
Tipos de sanciones disciplinarias
Las sanciones disciplinarias están recogidas en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores y se resumen en:
- Despido disciplinario: la sanción más grave que implicará la marcha del trabajador con un finiquito sin indemnización.
- Suspensión del contrato de trabajo, sin sueldo. Es decir, el trabajador se va a casa sin cobrar. El número de días dependerá de la gravedad de la sanción cometida. Esto es lo que se conoce como suspensión de empleo y sueldo.
Además, los convenios colectivos pueden contemplar otros tipos de sanciones disciplinarias que se aplicarían en función de la gravedad de la falta cometida. Por ejemplo:
- Amonestaciones verbales o escritas.
- Pérdida temporal o definitiva del nivel profesional.
- Inhabilitación para posibles ascensos.
- Traslado forzoso a otra localidad.
Tipos de faltas
- Faltas leves: Por ejemplo: la impuntualidad o ausencias injustificadas, falta de aseo, descuidos y distracciones sin consecuencias graves o actitudes y/o leves faltas de respeto a personas de la empresa. En general, las faltas leves se corresponden con conductas que afectan a la normal convivencia de la empresa y que pueden generar un perjuicio leve en la misma o entre los trabajadores afectando al clima laboral. Ante una falta leve, la sanción suele consistir en una amonestación verbal o en la suspensión del empleo y sueldo de hasta 2 días.
- Faltas graves. Pueden traducirse en una suspensión de empleo y sueldo de hasta 20 días. Ejemplos de faltas grave podrían ser: faltar 2 días enteros al trabajo, sin justificación, en el plazo de 1 mes, desobediencia grave o determinados abusos de los superiores hacia sus subordinados.
- Faltas muy graves. Desde una suspensión de empleo y sueldo de hasta 6 meses hasta el despido procedente. Sería el caso de, por ejemplo, reiteración en otro tipo de faltas, fraude, hurto o robo a compañeros o a la empresa, causar accidentes deliberadamente, trabajar mientras se está de baja, violación de secretos, etc.
En cualquier caso, señalar que la empresa o empleador, con independencia de la gravedad de la falta, nunca podrá:
- Imponer el pago de una multa económica.
- Reducir la jornada de descanso.
- Reducir las vacaciones.
Además, siguiendo el principio penalista de “non bis in ídem”, el trabajador no podrá ser sancionado dos veces por la misma falta.
Aplicación de sanciones disciplinarias y reclamaciones
Por una parte, que el empleador disponga de esta herramienta para sancionar no significa que pueda hacerlo sin justificación. Por otra, si el trabajador no está de acuerdo con la sanción impuesta, puede iniciar un proceso de reclamación o denuncia.
Estos dos aspectos los trataremos en un próximo artículo de nuestro blog.
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