Tramitación telemática obligatoria para los autónomos a partir del 1 de octubre

La tramitación telemática será obligatoria para los autónomos a partir del 1 de octubre del 2018

 

El pasado 1 de marzo se publicó en el BOE la Orden de la Tesorería General de la Seguridad Social según la cual los trabajadores por cuenta propia están obligados a realizar cualquier trámite (incluida la recepción y firma de notificaciones) con este organismo a través de sus canales telemáticos.

En esa misma Orden se fijaba un periodo de adaptación de 6 meses, por lo que la obligación será efectiva a partir del próximo 1 de octubre. Es decir, el trabajador autónomo tiene de plazo hasta ese día para darse de alta, con carácter obligatorio, en el Sistema RED. No obstante, para cumplir con esta obligación, el trabajador puede optar por acogerse a este Sistema y gestionar sus trámites a través de un autorizado Red o directamente hacer uso de los servicios electrónicos disponibles en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).

 

RED y SEDESS

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) pone a disposición dos vías de comunicación con los empresarios autónomos.

  • Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos) es un servicio para empresas y profesionales que facilita el intercambio de información la TGSS y los usuarios: permite, por ejemplo, el acceso a los datos de empresa y trabajadores, enviar documentos de cotización y afiliación así como partes médicos. También, a través de este servicio, el trabajador autónomo puede designar a una persona autorizada para que actué en su representación.
  • Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) donde se encuentran los servicios de gestión de la actividad tanto por el propio afiliado como por los autorizados a través del sistema RED.

 

Servicios del Sistema RED

Algunos de los ámbitos de actuación del Sistema RED son los siguientes:

  • Cotización: TC2 (Relación nominal de trabajadores), tramitación de saldos acreedores, e ingreso de las cuotas mediante domiciliación en cuenta o pago electrónico.
  • Afiliación: altas, bajas, variaciones de datos de trabajadores, así como consultas y petición de informes relativas a trabajadores y empresas.
  • Gestión de Autorizaciones: permite gestionar CCCs o NAFs, así como Usuarios Secundarios.
  • INSS: Tramitación de los partes de alta y baja médica de AT y EP, así como los partes de confirmación, al Instituto Nacional de la Seguridad tanto derivados de contingencias comunes como de contingencias profesionales. Remisión de certificados de maternidad y/o paternidad (RECEMA).

 

Servicios de la SEDESS

Los servicios de la SEDESS nos permiten, entre otros:

  • Gestión de altas (hasta 60 días antes de iniciar la actividad) y bajas (dentro de los 3 días naturales siguientes) en el RETA.
  • Modificación de datos y cambio de actividad profesional.
  • Modificación de las bases de cotización hasta cuatro veces por año natural.
  • Modificación de las coberturas de incapacidad, enfermedad profesional o accidente laboral.
  • Acceso a los informes de bases y cuotas ingresadas en todo momento.
  • Acceso al certificado que acredita estar al corriente de pago en las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Acceso al informe de vida laboral.
  • Consultar y firmar las notificaciones de los actos administrativos de la TGSS.
  • Aplazamiento en el pago de deudas a la Seguridad Social.
  • Domiciliaciones y pago de deudas con tarjeta bancaria.
  • ...

 

Gestión de notificaciones

Incidimos en este aspecto puesto que, a partir del 1 de octubre, todas las notificaciones llegarán a través de la SEDESS, es decir, ya no habrá notificaciones por correo ordinario.

Por tanto, cada autónomo, debe tener acceso a un ordenador con conexión a Internet para poder mantener los datos actualizados y consultar el buzón de notificaciones de forma periódica.
Y es que, para una determinada notificación, pasado el tiempo perceptivo, se da automáticamente como notificada y comenzarán a correr los plazos legales que apliquen pudiendo encontrarnos con una sanción sin ser conscientes de ello.

 

Más información en: Página web de la Seguridad Social . Sede Electrónica de la Seguridad Social  

 

Por todo lo anteriormente comentado, habrá casos en los que los trabajadores autónomos prefieran contar con una asesoría y evitar así situaciones de indefensión y posibles sanciones, tal y como ya hacen en los aspectos relacionados con la Agencia Tributaria. Si es este tu caso contacta con Asesoría Centrum , en Carabanchel (Madrid Sur) y te informamos sin compromiso alguno.

Con la obligatoriedad de la tramitación telemática para los autónomos, os recomendamos contar con los expertos de Asesoría Centrum