Plan de Igualdad obligatorio para las empresas con 50 trabajadores

En Centrum, como asesoría laboral para pymes y empresas, te ayudamos a desarrollar tu Plan de Igualdad

 

Tras la aprobación el 1 de marzo del 2019 del Real Decreto Ley 6/2019 de “Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación” y su publicación posterior en el BOE, la norma entró en vigor el pasado 8 de marzo.

Con estas modificaciones en la Ley de Igualdad, todas las empresas con 50 empleados o más en plantilla estarán obligadas a la negociación de un Plan de Igualdad y, para facilitar su seguimiento, los proyectos deberán ser inscritos en el creado Registro de Planes de Igualdad de las Empresas (que formará parte de los Registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo dependientes de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y de las Autoridades Laborales de las Comunidades Autónomas).

 

Entrada en vigor de las medidas sobre los Planes de Igualdad

Esta medida se irá integrando de forma progresiva según el número de empleados en plantilla de cada empresa:

  • Entre 151 y 250 trabajadores: tendrán un periodo de 1 año para aprobar el Plan de Igualdad
  • Entre 101 y 150 trabajadores: contarán con un periodo de 2 años para aprobar el Plan de Igualdad
  • Entre 50 y 100 trabajadores: dispondrán de 3 años para aprobar el Plan de Igualdad

Además, para calificar como grave el incumplimiento de esta ley, se ha modificado el artículo 7.13 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

 

Contenido del Plan de Igualdad

El Plan de Igualdad deberá especificar un conjunto de medidas evaluables que permitan eliminar los obstáculos que dificultan la igualdad efectiva entre géneros y deberá tratar, al menos, los siguientes temas:

  • Proceso de selección y contratación
  • Clasificación profesional
  • Formación
  • Promoción profesional
  • Condiciones de trabajo incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres
  • Ejercicio corresponsable de los derechos de vida personal, familiar y laboral
  • Infrarrepresentación femenina
  • Retribuciones
  • Prevención del acoso sexual y por razón de sexo

 

Ventajas de la implantación del Plan de Igualdad

Además de, en aquellos casos en los que sea obligatorio, evitar la imposición de sanciones, el Plan de Igualdad pretende:

  • Mejorar la competitividad y la imagen de la empresa
  • Mejorar el compromiso de los trabajadores beneficiados por las medidas de conciliación adoptadas
  • Asegurar el cumplimiento de los requisitos sobre implementación de políticas de igualdad que se puedan fijar en las bases reguladoras en aquellas empresas que soliciten subvenciones públicas
  • Asegurar el cumplimiento de los requisitos sobre políticas sociales que se incorporen en la licitación de los contratos públicos de las empresas que contraten con las Administraciones Públicas
  • Posibilitar el acceso a los posibles beneficios fiscales establecidos por el Gobierno para aquellas empresas que fomenten la igualdad de género a través de la implantación de planes de igualdad

 

Como siempre, si como empresa, empresario o trabajador necesitas más información sobre tus derechos y obligaciones en relación al Plan de Igualdad, pide cita con la Asesoría Laboral Centrum, en Carabanchel (Madrid Sur). Nuestros profesionales resolverán todas tus dudas.

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